El Gobierno de Colombia amplió el marco jurídico que existe para el uso medicinal de cannabis con un decreto que autoriza su venta en farmacias de todo el país, una reglamentación que amplía el marco legal, pero no legaliza el consumo recreativo.
Este avance es significativo e importante para pacientes, profesionales de la salud, pequeños y medianos productores que abastecerán el mercado durante los próximos dos años y busca ampliar el acceso a tratamientos seguros, junto con fortalecer las economías rurales.
La legalización del cannabis para uso medicinal, científico o veterinario se realizó el 2017 en Colombia, a través de la Ley 1787. El decreto 1138 expedido el pasado 27 de octubre, al reconocer que la planta tiene evidencia científica suficiente sobre su eficacia y seguridad, permite regular su producción, distribución y dispensación bajo controles sanitarios estrictos.
Una de las novedades más importantes de esta medida es que incluye la flor de cannabis como producto determinado para uso médico. La normativa colombiana solo contemplaba derivados del cannabis como aceites, extractos o cápsulas, a partir de ahora el cogollo se podrá dispensar bajo prescripción médica y con autorización sanitaria, proveniente de cultivos licenciados del país.
Con esta reforma se reconoce la eficacia terapéutica de la flor de la marihuana en tratamientos específicos y amplía las opciones disponibles para los pacientes. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) será el organismo encargado de otorgar los permisos para su venta.
Sin duda esta medida constituye un paso histórico hacia un modelo más justo e inclusivo de consumo, producción y distribución de cannabis en Colombia y América Latina.


















